Los Derechos Humanos.
Los
Derechos Humanos.
Durante
toda nuestra formación
académica, hemos recibido
la información que los Derechos Humanos
son violentados por funcionarios o funcionarias pertenecientes al Estado, al cual representan y actúan bajo la figura de funcionarios
públicos.
Esa
información va siempre o casi
siempre acompañada que esos
violadores de derechos humanos son los Policías
o los Guardias Nacionales, no se
identifica a otro u otros
funcionarios públicos del Estado, que actuando
bajo su representación también son
violadores de Derechos Humanos.
El delito de violación de derechos
Humanos que con mas frecuencia realizan
los funcionarios antes
identificados, por lo
general es el derecho a la vida y la
privación ilegitima de libertad,
y esos son los 2 tipos de delitos sobre violaciones de derechos Humanos que
nos han dado a conocer como ya lo
hemos antes reflejado.
Pero, nos
preguntamos: ¿acaso esos son los únicos derechos que al ser vulnerados se considera que existe violación de los Derechos Humanos?
Y
que ocurre con los otros Derechos
Humanos, de los cuales no se nos
informa a tal profundidad, o
desconocemos que tenemos derecho a exigirlos, o que el incumplimiento de cualquiera de ellos es una
violación de los Derechos Humanos.
Es importante saber
que 29 artículos conforman la Declaración Universal de los Derechos
Humanos del año 1948, donde se mencionan
una gran cantidad de
derechos inherentes a la condición humana, como por ejemplo: en su
articulo 1ero, encontramos que toda persona tiene todos los derechos y
libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión,
opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición
económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Pero
entrando dentro del contexto de la Convención, que ocurre cuando el derecho humano a la libertad de opinión y de
expresión se vulnera, o no se me
permite expresarlo por los medios de comunicación, a donde se
acude, a quien se denuncia?
Otro
derecho humano, como lo es el
establecido en el artículo 23, donde se
expone entre otras cosas, que toda
persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo
igual.
Pero, realmente este derecho humano se
cumple, y si se vulnera como ocurre en la realidad, donde observamos
personas que ejercen el mismo
trabajo no reciben
el mismo salario. Que hace ante esto las Inspectoria de Trabajo?
Y
que opinan ustedes sobre este otro
derecho humano; relacionado a que toda
persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y
satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a
la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera
otros medios de protección social. Conocen ustedes algún
caso que viole este derecho?
El
articulo 25 de esa Convención, nos
señala que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
sociales necesarios. Sabían ustedes que
estos también son derechos humanos?
Que
ocurre cuando se incumple
con el derecho humano a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez,
viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por
circunstancias independientes de su voluntad; a quien acudimos, esa es la gran
pregunta.
Por ello al inicio señalamos que no son únicos derechos humanos, la vida y la libertad, porque también lo son: la libertad de expresión, igual trabajo igual salario, al pago equitativo y satisfactorio por su trabajo y que asegure a su familia una existencia conforme a la dignidad humana, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia medica, los servicios sociales, el seguro al desempleo, a la enfermedad, a la invalidez, a la viudez, a la vejez, ect.
Por
ello nos debemos preguntar: ¿Solo los
Policías y Guardias Nacionales, violan
los Derechos Humanos?
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